sábado, 15 de octubre de 2016

ACCIÓN POPULAR PARA EXIGIR LA APROBACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL ACUERDO FINAL PARA LA TERMINACIÓN DEL CONFLICTO

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El viernes pasado presentamos una acción popular para exigir al Congreso que inicie el proceso de aprobación e implementación del Acuerdo final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una paz estable y duradera. Con el fin de evitar el inminente perjuicio
de vulneración del derecho colectivo a la paz de todos los colombianos, ante el riesgo de que se produzca algún incidente que nos conduzca de nuevo a la guerra, dada la gran incertidumbre y alarma social provocada por la parálisis del proceso de paz. 
  

 La paz en Colombia, según el desarrollo de la Corte Constitucional, Sentencia C-370 de 2006, además de fin esencial del Estado, es un derecho fundamental y colectivo, cuya garantía y protección puede ser exigida por los colombianos por la vía judicial. Todos los poderes públicos y no sólo el Presidente, tienen también responsabilidades en la garantía y la protección de la paz de todos los colombianos. 


En el contexto actual, después de los resultados desestabilizadores del No en el plebiscito, corresponde a los poderes legislativo y judicial asumir sus responsabilidades en cuanto a la protección y garantía del derecho fundamental y colectivo a la paz.


Los resultados del No en el plebiscito, que solo vinculan políticamente al Presidente Santos, según lo esclareció Corte Constitucional en la Sentencia C-379 de 18 de julio de 2016, deben ceder, en una ponderación de bienes jurídicos y derechos, ante el derecho fundamental y colectivo a la paz, cuya eficacia solo se asegura hoy día mediante la aprobación e implementación del Acuerdo Final.





Si, en gracia de discusión, se considera la revisión del Acuerdo con las propuestas de los partidarios del No, el juez debe establecer un plazo corto y perentorio para que se envíe el Acuerdo con sus ajustes, al Congreso y se inicie su aprobación e implementación de forma inmediata.  

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